El Gobierno modifica la Ley de la Cadena Alimentaria y prevé aplicarla a partir de noviembre de 2021

El Consejo de Ministros aprobó el 3 de noviembre el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Los principales objetivos que persigue esta normativa son: dotar la cadena alimentaria de más transparencia, mejorar el equilibrio entre sus eslabones y proteger al eslabón más débil, los agricultores y ganaderos.

El ministro de Agricultura, Luis Planas, declaró que ahora se inicia su trámite parlamentario con intención de que entre en vigor el 1 de noviembre de 2021.

El nuevo texto amplía el ámbito de aplicación espacial y material de la norma. En el primer caso, la ley no solo afectará a las relaciones comerciales internas, sino que se extenderá también a las de ámbito comunitario en las que participe un operador establecido en España, siempre que no aplique la legislación de otro Estado miembro. También aplicarán sus prohibiciones y sanciones en las relaciones de un operador establecido en España y otro de un tercer país. En cuanto al ámbito material, además de los alimentos y productos alimenticios, se contemplan las materias primas y otros productos contemplados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

La legislación amplía los supuestos en los que es obligatorio hacer contratos por escrito hasta la práctica totalidad de las operaciones. Incorpora prácticas comerciales desleales que, a día de hoy, no están recogidas en la legislación española, fruto de la trasposición de la directiva europea. La modificación unilateral de contratos en lo que se refiere a volumen o la devolución de productos no vendidos (salvo pacto expreso) son algunos ejemplos.

En relación a las infracciones, añade nuevas o recalifica otras para asegurar la mejor aplicación y eficacia de la norma. Entre ellas, cabe señalar la cancelación de un pedido 30 días antes de la fecha de entrega (leve) o la obstrucción de la inspección (grave). Exigir pagos adicionales o asunción de costes sobre el precio pactado que pasa de leve a grave.

La normativa reconoce a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) como autoridad de control de lo dispuesto en la ley en el ámbito nacional. Será, además, punto de contacto y cooperación con otras autoridades y con la Comisión Europea.

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